jueves, 21 de agosto de 2014

Reporte: El Derecho Como Orden Jurídico Institucionalizado

INTRODUCCIÓN
El Derecho es el conjunto de leyes, resoluciones y reglamentos creados por un Estado, que pueden tener un carácter permanente y obligatorio de acuerdo a la necesidad  y que son de estricto cumplimiento por todas las personas que habitan en esa comunidad para garantizar la buena convivencia social.
Éste conjunto de normas, leyes o reglamentos lleva un ordenamiento y una coherencia, apegadas al orden jurídico institucionalizado propio de cada Estado conforme sea el caso en algún momento determinado.





 EL DERECHO COMO ORDEN JURÍDICO INSTITUCIONALIZADO
El Derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad.

La base del Derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el Derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en la sociedad.

El ordenamiento jurídico es el conjunto de normas que rigen en un lugar determinado en una época concreta. En el caso de los estados democráticos, el ordenamiento jurídico está formado por la constitución del estado, que se rige como la norma suprema, por las leyes, por las normas jurídicas del poder ejecutivo, como reglamentos y otras regulaciones
La validez del orden Jurídico depende de la validez de las reglas de conducta que lo constituyen. El Orden Jurídico vale mientras sus principios  leyes ofrezcan garantías generales a las personas en sus relaciones públicas o privadas.

Existen al menos dos conceptos del origen del ordenamiento jurídico:
La corriente normativa que es el ordenamiento un conjunto de normas que se entienden y que se rigen de acuerdo con una serie de juicios de valor, creencias y convicciones y la corriente institucional que establece que el ordenamiento jurídico está formado por la sociedad, por los mecanismos que producen, aplican y garantizan las normas y por todas las instituciones.
El derecho institucional se encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales que rigen al Estado. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regularización de los poderes públicos y su relación con los ciudadanos.
Concretamente determinamos que el derecho institucional se encarga de llevar a cabo el estudio de lo que es la teoría de los derechos humanos, la del poder, la de la Constitución y finalmente del Estado.
Ahora bien, dentro del Derecho de cada Estado existen muchos tipos de normas jurídicas elaboradas de diferentes maneras, por diferentes órganos y no puede  haber dos soluciones que se contradigan para un problema porque en caso de que dos normas sean contradictorias, siempre habrá una sola que será válida.



Pirámide del orden jurídico de Hans Kelsen
Y existen tres principios que son fundamentales para el orden jurídico:
1.    Principio de jerarquía: cuando exista contradicción entre dos normas de distinta jerarquía, la norma superior rige sobre la inferior.
2.    Principio de derogación: cuando exista contradicción entre dos normas de la misma jerarquía provenientes del mismo órgano, la norma siguiente en el tiempo rige a la anterior.
3.    Principio de competencia: cuando exista contradicción entre dos normas de igual jerarquía emanadas de distintos órganos, rige la norma dictada por el órgano competente esto quiere decir que la norma que va a prevalecer conforme al caso es la que domine en el tema.

El Derecho como orden jurídico nos lleva a la justicia de la sociedad sobre los diferentes conflictos que puedan existir basándose en las normas que hay determinadas en base a la democracia y la constitución del estado aplicando las leyes elaboradas de forma que se llegue a una buena toma de decisiones conforme sea lo necesario.
Gran parte del Derecho se apoya en el orden jurídico para tomar la técnica del castigo de forma conveniente, porque es necesario disponer de elementos persuasivos para que los individuos no alteren lo habitual y que su conducta sea más simple, esto con ayuda del institucionalismo del orden jurídico analizado y regularizado de los poderes públicos.





CONCLUSIÓN
Se llegó a la conclusión que el orden jurídico está formado por normas, y la constitución de los estados se rige por las normas que lo componen. Por lo tanto el orden jurídico institucional se encarga de regular la conducta humana en la sociedad, ya que cuando se va a dar solución a un conflicto de la sociedad, este se deberá de regir por la constitución de los estados y aplicar las normas que lo rigen y que se apeguen al caso y así poder llegar a una buena toma de decisiones pero siempre apegado al Derecho.




BIBLIOGRAFÍA

Dutra, L. (2013). ORDEN JURIDICO: CONCEPTO, ESTRUCTURA Y PRINCIPIOS QUE LO RIGEN. Recuperado el 19 de agosto de 2014, de: http://derechoplannocturno.blogspot.mx/2013/04/orden-juridico-concepto-estructura-y.html
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Tamayo, R. (1986).El derecho y la ciencia del derecho. Introducción a la ciencia jurídica. Recuperado el 19 de agosto de 2014, de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/923/3.pdfl
Correas, O.(1989).El otro Kelsen. Recuperado el 20 de agosto de 2014 de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=970
Serna, J.(2002). Estado de Derecho y Transición Jurídica. Recuperado el 20 de agosto de 2014 de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=306


 



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